REGISTRO NORMATIVO Y DESARROLLO DE LA LEGISLACIÓN PARA EL DEPORTE NACIONAL

NORMATIVE REGISTER AND DEVELOPMENT OF THE LEGISLATION FOR NATIONAL SPORT

 

Cómo citar: Oliveros, S. (2019). Registro normativo y desarrollo de la legislación para el deporte nacional. R. Actividad fis. y deporte. 5 (2): 197-220..

 

Artículo de acceso abierto publicado por: Revista Digital: Actividad Física y Deporte, bajo una licencia Creative Commons CC BY-NC 4.0

 

 

 

Sebastián Eduardo Oliveros Gabriel

Profesional en ciencias del deporte, candidato a magister en ciencias del deporte con énfasis en administración deportiva U.D.C.A, E-mail: sebastianoliverosgabriel@gmail.com

 

 

RESUMEN

 

Objetivo general: dar a conocer la historia, evolución y organización, en cuanto al estado de gobernanza y organización de la federación colombiana de atletismo. Metodología: Este artículo es de revisión, con enfoque mixto, diseño transversal y alcance investigativo descriptivo. En la revisión bibliográfica se encontraron: 9.668 artículos, de los que se identificó que, únicamente, 182 artículos eran funcionales, porque, aportaban significativamente a la investigación, y, se encontraban distribuidos en las bases de datos de la siguiente forma: Scopus (27), ProQuest (28), Science Direct (37), Sport Discus (40), Google Académico (50). Resultados: son presentados de acuerdo con cada uno de los indicadores evaluados por el instrumento utilizado. Los artículos encontrados como funcionales aportaron y ayudaron a aclarar conceptos propios del objeto de estudio. Por ejemplo, la Carta Olímpica, que es el máximo referente mundial del deporte en el cual los principios fundamentales del Olimpismo marcan un camino desde la filosofía, objetivos, acciones, derechos y deberes. Así mismo, registros normativos del desarrollo del deporte en base, por ejemplo, a la educación. La educación es un derecho fundamental y que el deporte contribuya en este proceso es un tema fundamental para que el Gobierno Nacional.  El estado lo manifiesta en un artículo de la Constitución Política de 1886 donde: “El Estado tendrá, sin embargo, la suprema inspección y vigilancia de los institutos docentes, públicos y privados, en orden a procurar el cumplimiento de los fines sociales de la cultura y la mejor formación intelectual, moral y física de los educandos.” (Congreso de la República, 1936). Conclusiones: Es evidente el crecimiento y desarrollo en cuanto a la organización del deporte a nivel nacional. Además, La creación de la ley 181, supone un punto de quiebre para la normatividad, legislación y evolución del deporte colombiano.

 

Palabras clave: Deporte colombiano, normatividad, legislación.

 

 

 

 

ABSTRACT

 

General objective: to publicize the history, evolution and organization of sport at the national level. Methodology: This is a review article, with a mixed approach, cross-sectional design and descriptive research scope. The literature review found: 9,668 articles, of which were identified, identified, published, distributed on the basis of the data as follows: Scopus (27), ProQuest (28), Science Direct (37) , Sport Discus (40), Google Scholar (50). Results: are the results of an agreement with each of the indicators evaluated by the instrument used. The articles found as functional contributed and helped to clarify the concepts of the object of study. For example, the Olympic Charter, which is the world's best sport reference, in which the fundamental principles of Olympism are found, a path to philosophy, objectives, actions, rights and duties. Likewise, normative registers of the development of sports at the base, for example, to education. Education is a fundamental right and sport contributes in this process is a fundamental issue for the National Government. The state manifests it in an article of the Political Constitution of 1886 where: "The State will have, nevertheless, the supreme inspection and supervision of the educational institutes, public and private, in the order of procuring the fulfillment of the social purposes of the culture "(Congress of the Republic, 1936) Conclusions: Growth and development are evident in the organization of sport at the national level, and the creation of Law 181 is a breakthrough point for regulation. legislation and the evolution of Colombian sport.

 

Key Words: Colombian sport, regulations, legislation.

INTRODUCCIÓN

 

Descripción

 

Se realizó un ejercicio investigativo que se dividió en tres (3) momentos. Un primer momento en el cual, se han revisado diferentes fuentes y bases de datos con el fin de recopilar la mayor cantidad de bibliografía correspondiente al desarrollo en cuanto a la normatividad del deporte nacional. Acto seguido, se han organizado cada una de las fuentes encontradas en el primer momento, en búsqueda de organizar la información con el fin de que su tratamiento fuera mucho más sencillo. Para finalizar un tercer y último momento, en el cual, se realizó el análisis y resumen de cada uno de los artículos funcionales, con el fin de plasmar las ideas pertinentes dentro del documento final. de acuerdo con la revisión bibliográfica, se encontraron 9.668 artículos. Sin embargo, únicamente 182 de ellos fueron hallados como funcionales: Scopus (27), ProQuest (28), Science direct (37), Sportdiscus (40), Google académico (50).

 

 

Alcance investigativo

 

Se encontraron 9.668 artículos. No obstante, únicamente 182 de ellos fueron hallados como funcionales: Scopus (27), ProQuest (28), Science direct (37), Sportdiscus (40), Google académico (50). Con base en ello, la administración deportiva mundial presenta mayor importancia después de la inauguración de los Juegos Olímpicos Modernos a finales del siglo XIX y se crea una transformación mundial. “En la gobernanza deportiva internacional a principios del siglo XX, la competencia Internacional estimuló la necesidad de gobernar el deporte central y unificar las reglas, allanando el camino para los primeros Juegos Olímpicos Modernos” (Geeraert, 2015).

España como país referente para la sociedad  Hispana presenta una  trayectoria en la cual:   “La incipiente y rudimentaria organización administrativa que presentaba el deporte al finalizar la década de los años treinta en el país sufre una radical transformación con la promulgación del Decreto de 22 de febrero de 1941, por el que se crea la Delegación Nacional de Deportes” (Coma, 2000). Con esto empieza un cambio administrativo significativo en la organización del deporte es España.

En Colombia la estructura se da a partir del 3 de julio de 1936 cuando aparece el COC. (Comité Olímpico Colombiano) conformada por Federaciones, Ligas y Clubes. La estructura del deporte en Colombia “se sumó la presencia del Estado con la creación de Coldeportes Nacional, mediante decreto 2743 de noviembre 6 de 1968, cuyas funciones le permiten regular, financiar y promover la Educación Física, el Deporte y la Recreación e igualmente intervenir en la financiación de los deportistas colombianos en eventos internacionales” (Betancur, 2007). De esta manera, es organizado el deporte por dos entes, el Comité Olímpico Colombiano y Coldeportes, que son de carácter privado y público respectivamente.

En la década de los 90 aparece la ley 181 de 1995 la cual crea:  “El Sistema Nacional del Deporte, la Educación Física y la recreación”, que regula la destinación de los recursos del situado fiscal de la nación, Ley 60, y del impuesto al valor agregado IVA, para la financiación de dicho sistema y cuyos gestores serían los nuevos entes deportivos departamentales y municipales, creados por esta misma ley y fundamentados en la nueva estructura administrativa del país, a partir de la nueva Carta Constitucional de 1991 que habla de la descentralización del Estado con un marcado énfasis en la gestión municipal como factor de desarrollo nacional” (Betancur, 2007).

El Sistema Nacional del Deporte por Coldeportes entidad pública que tiene como objetivo: “Formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública, planes, programas y proyectos en materia el deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la actividad física, para promover el bienestar, la calidad de vida, así como contribuir a la salud pública, a la educación, a la cultura, a la cohesión social, a la conciencia nacional y a las relaciones internacionales, a través de la participación de los actores públicos y privados” (Coldeportes, 2013). De acuerdo con la revisión bibliográfica, se encontraron 182 artículos funcionales: Locales (2), Regionales (30), Nacionales (144) e Internacionales (6).

 

 

Beneficios

 

Gracias a la revisión, será posible aclarar conceptos propios del objeto de estudio. Por ejemplo, la Carta Olímpica, que es el máximo referente mundial del deporte en el cual los principios fundamentales del Olimpismo marcan un camino desde la filosofía, objetivos, acciones, derechos y deberes. Así mismo, registros normativos del desarrollo del deporte en base, por ejemplo, a la educación. La educación es un derecho fundamental y que el deporte contribuya en este proceso es un tema fundamental para que el Gobierno Nacional.

 

 

 

Resultados previstos

 

Por medio de la revisión, se espera encontrar una gran cantidad de artículo, escritos e investigaciones que, permitan aclarar el desarrollo, evolución y sustento de la ley para el deporte a nivel nacional; desde su origen hasta nuestros días. Además, es necesario determinar el estado de la Gobernanza y la Legitimidad en las Federación colombianas de y su nivel de desarrollo con las federaciones internacionales. Según el Ing. Arturo Castillo “La administración es el proceso de planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades de los miembros de la organización y el empleo de todos los demás recursos organizacionales, con el propósito de alcanzar con eficiencia las metas establecidas por la organización” (Castillo, 2008). Teniendo en cuenta, los anteriores principios administrativos y además que el deporte es un vehículo de transformación ciudadana “presentado como un gran instrumento para el desarrollo integral del ser humano” (Soto, 2015). Es importante analizar la problemática actual sobre las diferentes Federaciones que lo rigen. Debido a que en ellas recae el proceso administrativo y la evolución de cada disciplina deportiva. Para ello es pertinente hacer un estudio con los parámetros ya establecidos por la organización Play The Game, que manifiesta la necesidad de analizar la legitimidad y el estado de gobernanza de las diferentes Federaciones Internacionales.

 

 

Aporte artículos funcionales

 

Los artículos encontrados como funcionales aportaron y ayudaron a aclarar conceptos propios del objeto de estudio. Por ejemplo, la Carta Olímpica, que es el máximo referente mundial del deporte en el cual los principios fundamentales del Olimpismo marcan un camino desde la filosofía, objetivos, acciones, derechos y deberes. Así mismo, registros normativos del desarrollo del deporte en base, por ejemplo, a la educación. La educación es un derecho fundamental y que el deporte contribuya en este proceso es un tema fundamental para que el Gobierno Nacional.  El estado lo manifiesta en un artículo de la Constitución Política de 1886 donde: “El Estado tendrá, sin embargo, la suprema inspección y vigilancia de los institutos docentes, públicos y privados, en orden a procurar el cumplimiento de los fines sociales de la cultura y la mejor formación intelectual, moral y física de los educandos.” (Congreso de la República, 1936).

En ese sentido, el ejercicio investigativo se dividió en tres fases. Un primer momento en el cual, se han revisado diferentes fuentes y bases de datos con el fin de recopilar la mayor cantidad de bibliografía correspondiente al desarrollo en cuanto a la normatividad del deporte nacional. Acto seguido, se han organizado cada una de las fuentes encontradas en el primer momento, en búsqueda de organizar la información con el fin de que su tratamiento fuera mucho más sencillo. Para finalizar un tercer y último momento, en el cual, se realizó el análisis y resumen de cada uno de los artículos seleccionados con el fin de plasmar las ideas pertinentes dentro del documento final.

 

 

Tabla de revisión bibliográfica

 

Se construyó una tabla con el fin de organizar las revisiones bibliográficas en las diferentes bases de datos.

 

Tabla 1. Palabras clave & ecuaciones de búsqueda.

 

 

Tabla 2. Tabla de revisión bibliográfica.

 

 

 

 

METODOLOGÍA

 

Este artículo de revisión, con enfoque mixto debido a que, según Grinnell (1997), citado por Hernández et al (2003), es un proceso que recolecta, analiza y vincula datos cuantitativos y cualitativos en este mismo estudio para responder a un planteamiento del problema. Además, es un estudio de diseño transversal, porque es un método no experimental para recoger y analizar datos en un momento determinado. Su alcance investigativo es descriptivo: según Hernández (2014), en este tipo de alcance se definen variables, miden conceptos, etc.

Tratándose de un artículo de revisión, la metodología empleada se ha dividido en tres (3) momentos. Un primer momento en el cual, se han revisado diferentes fuentes y bases de datos con el fin de recopilar la mayor cantidad de bibliografía correspondiente al desarrollo en cuanto a la normatividad del deporte nacional. Acto seguido, se han organizado cada una de las fuentes encontradas en el primer momento, en búsqueda de organizar la información con el fin de que su tratamiento fuera mucho más sencillo. Véase la figura 1.

 

Figura 1. Organización de artículos

Para finalizar un tercer y último momento, en que se realizó el análisis y el resumen de cada uno de los artículos seleccionados con el fin de plasmar las ideas pertinentes dentro del documento final. Véase figura 2.

 

 

 

 

 

 

Figura2. Análisis de artículos

 

 

 

RESULTADOS

 

Al final de la revisión bibliográfica, se obtuvo claridad con respecto a la evolución y desarrollo de algunos conceptos descritos a continuación:

 

 

La carta Olímpica

 

Todo empieza internacionalmente con la Carta Olímpica, máximo referente mundial del deporte en el que los principios fundamentales del Olimpismo marcan un camino desde la filosofía, objetivos, acciones, derechos y deberes.

  1. “El Olimpismo es una filosofía de vida, que exalta y combina en un conjunto armónico las cualidades del cuerpo, la voluntad y el espíritu. Al asociar el deporte con la cultura y la formación, el Olimpismo se propone crear un estilo de vida basado en la alegría del esfuerzo, el valor educativo del buen ejemplo, la responsabilidad social y el respeto por los principios éticos fundamentales universales.
  2. El objetivo del Olimpismo es poner siempre el deporte al servicio del desarrollo armónico del ser humano, con el fin de favorecer el establecimiento de una sociedad pacífica y comprometida con el mantenimiento de la dignidad humana.
  3. El Movimiento Olímpico es la acción concertada, organizada, universal y permanente, ejercida bajo la autoridad suprema del COI, sobre todas las personas y entidades inspiradas por los valores del Olimpismo. Se extiende a los cinco continentes y alcanza su punto culminante en la reunión de los atletas del mundo en el gran festival del deporte que son los Juegos Olímpicos. Su símbolo está constituido por los cinco anillos entrelazados.
  4. La práctica deportiva es un derecho humano. Toda persona debe tener la posibilidad de practicar deporte sin discriminación de ningún tipo y dentro del espíritu olímpico, que exige comprensión mutua, espíritu de amistad, solidaridad y juego limpio.
  5. Como el deporte es una actividad que forma parte de la sociedad, las organizaciones deportivas en el seno del Movimiento Olímpico tendrán los derechos y obligaciones de autonomía, que consisten en controlar y establecer libremente las normas del deporte, determinar la estructura y gobernanza de sus organizaciones, disfrutar del derecho a elecciones libres de toda influencia externa y la responsabilidad de garantizar la aplicación de los principios de buena gobernanza.
  6. Cualquier forma de discriminación contra un país o una persona basada en consideraciones de raza, religión, política, sexo o de otro tipo es incompatible con la pertenencia al Movimiento Olímpico.
  7. La pertenencia al Movimiento Olímpico exige ajustarse a la Carta Olímpica y contar con el reconocimiento del COI.” (Comité Olímpico Internacional, 2011).

Teniendo en cuenta estos principios de la Carta Olímpica, aparecen referentes internacionales y locales que apoyan uno de estos es la carta de la UNESCO 1978, donde tiene un compromiso concreto de acuerdo con: “La educación física y el deporte constituyen un elemento esencial de la educación permanente dentro del sistema global de educación” (UNESCO, 2013).

 

 

Primer registro normativo nacional del deporte

 

La educación es un derecho fundamental y que el deporte contribuya en este proceso es un tema fundamental para que el Gobierno Nacional.  El estado lo manifiesta en un artículo de la Constitución Política de 1886 donde: “El Estado tendrá, sin embargo, la suprema inspección y vigilancia de los institutos docentes, públicos y privados, en orden a procurar el cumplimiento de los fines sociales de la cultura y la mejor formación intelectual, moral y física de los educandos.” (Congreso de la República, 1936).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ley/ Decreto

Año

Concepto:

Ley 80:

1905

Crea la comisión nacional de educación física y las funciones para dirigir el deporte nacional, las asociaciones deportivas, las plazas de deporte, la proyección y práctica del plan nacional de educación. Crea la sección de educación física en el ministerio de instrucción pública y las comisiones departamentales de educación física, con fines de fomento en salud, recreación física, mejoramiento de energía mental y educación del carácter.

Decreto 2216:

1938

Reglamenta la organización del deporte en el país.

Decreto 1391:

1939

Crea las ligas deportivas constituidas por clubes y comités deportivos municipales.

Leyes 47 y 49:

1967

Crean los gravámenes a los cigarrillos, licores, espectáculos públicos y asignan fondos para los juegos PAA de Cali 1977.

Decreto 2743:

1968

En el gobierno de Carlos Lleras Restrepo se creó el Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte (COLDEPORTES) mediante decreto 2743 del 8 de noviembre de 1968, como establecimiento público de orden nacional, adscrito al Ministerio de Educación Nacional. Es el máximo organismo planificador, rector y coordinador del sistema nacional del deporte y director del deporte formativo y comunitario.

Decreto 893:

1969

Crea las juntas administradoras departamentales de deportes para administrar los impuestos creados por las leyes 1° de 1967, 47 de 1968 y 49 de 1967.

Decreto 1387:

1970

Reglamenta la organización deportiva del país.

Pero, el compromiso con el deporte no solo quedó como la inspección del estado para la formación integral, si no por el fomento del mismo en cada región del país. Para ello, Colombia empieza a trabajar en la ley 49 de 1983.

Ley 49:

1983

Organiza las juntas administradoras y juntas municipales.

“artículo 2 °.  Las Juntas Administradoras Seccionales de Deportes, son unidades administrativas especiales del orden nacional, dotadas de personería jurídica y con patrimonio propio, subordinadas a los planes y controles del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, de acuerdo con las normas contenidas en la presente ley, (…)  Artículo 4°. El objeto de las Juntas Administradoras Seccionales de Deportes es el manejo e inversión de los recursos provenientes de los gravámenes establecidos por las Leyes 49 de 1967, 47 de 1968 y 30 de 1971, así como, los derivados de nuevos gravámenes (Congreso de la República de Colombia , 1983).

Ley 50:

1983

Otorga facultades extraordinarias al presidente de la república para orientar, reglamentar, supervisar y estimular el deporte, la educación física y la recreación en todo el territorio nacional. Establece normas para la coordinación y administración por parte de Coldeportes y el ministerio de educación nacional de la educación física” (Betancur & Sierra) (CDMI ESAP, 2006).

 

 

Tabla 3: Primer Registro Normativo Nacional de la legislación del Deporte

 

 

 

Ilustración 1: Estructura del deporte antes de 1983

 

 

 

 

Normatividad 1983-1995

 

Época importante en el deporte colombiano debido a que se manifestó el deporte con la Carta Magna Constitución Política 1991, libro en el cual están los derechos y deberes fundamentales de los colombianos.

Según esta “Acto Legislativo 02 de 2000, artículo 1: El artículo 52 de la Constitución Política de Colombia, quedará así: El ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tienen como función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano. El deporte y la recreación forman parte de la educación y constituyen gasto público social. Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre. El Estado fomentará estas actividades e inspeccionará, vigilará y controlará las organizaciones deportivas y recreativas cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas.” (Corte Constitucional, 2015).

Este artículo hace referencia a la formación integral del ser humano y hace parte de los derechos económicos sociales y culturales, pero la legislación deportiva tiene unos antecedentes tanto nacionales como internacionales.

 

 

 

 

 

 

 

 

Ley/ Decreto

Año

Concepto:

Decreto 3115:

1984

Crea la escuela nacional del deporte, su función es preparar entrenadores de los diferentes deportes.

Decreto 839:

1984

Reglamenta la ley 49 de 1983.

Decreto 2845:

1984

Establece la organización del deporte, la educación física y la recreación. Crea la comisión nacional de educación física y crea el comité nacional de recreación.

Decreto 3158:

1984

Establece normas de funcionamiento para clubes profesionales.

Decreto 380:

1985

Reglamenta el 2845 de 1984.

Decreto 1057:

1985

Reglamenta el decreto 3158 de 1984

Decreto 1421:

1985

Reglamentario de decreto 2845 de 1984 en lo referente al código disciplinario.

Decreto 2225:

1985

Reglamenta el 2845 en lo referente a la participación de niños de 12 años en eventos deportivos.

Decreto 1576:

1985

Estructura a Coldeportes y la división de la educación física y formación deportiva.

Ley 49 :

1993

Establece el régimen disciplinario del deporte.

Decreto 1228:

1995

Se revisa la legislación deportiva vigente y la estructura de los organismos del sector asociado con objeto de adecuarlas al contenido de la Ley 181 de 1995.

Decreto ley 1231:

1995

Estableció el otorgamiento de estímulos académicos, económicos y de seguridad social, para los deportistas nacionales destacados en el ámbito nacional o internacional, a saber:

  • Subsidio oficial con presupuesto de Coldeportes hasta por cien (100) SMLV, para compra vivienda, pago de matrículas o gastos de sostenimiento para adelantar estudios en universidades nacionales o extranjeras para glorias del deporte.
  • Expedición de tarjeta del deportista emérito en categoría oro, únicamente para glorias del deporte, esta permite el libre acceso a eventos deportivos o recreativos que se lleven a cabo en el ámbito nacional, y demás, usos que conceda la reglamentación.
  • La pensión vitalicia es compatible con cualquier otra pensión o remuneración, siempre que los ingresos establecidos no sean superiores a lo ya preceptuado.
  • Todos los deportistas con reconocimientos deportivos nacionales o internacionales deben carnetizarse por Coldeportes y el comité olímpico colombiano, y durante su vigencia tienen derecho a los estímulos académicos, económicos y de seguridad social reglamentados.

Decreto ley 1229:

1995

Se creó el cuerpo especial dentro de la policía para organizar, realizar y apoyar actividades deportivas, recreativas, y de aprovechamiento del tiempo libre dirigidas a la comunidad, que operará en coordinación con el Sistema Nacional del Deporte.

Tabla 4: Parte Normativa legislación deportiva en Colombia 1983 -1995.

 

 

 

 

La ley 181

 

En esta época (1983- 1995), motivada por las anteriores leyes y decretos, el congreso de la República promueve la ley 181 de 1995 más conocida como le ley del deporte, donde se busca fortalecer no solo los anteriores decretos, si no los derechos manifestados en la Constitución Política Colombiana. A partir de este momento: “Se dictan disposiciones para el fomento del Deporte, la Recreación, el Aprovechamiento del Tiempo Libre y la Educación Física y se crea El Sistema Nacional del Deporte” (Coldeportes, 2013).  

A partir de la ley 181 el deporte tiene como objetivo:

 “Artículo 1o. Los objetivos generales de la presente Ley son: el patrocinio, el fomento, la masificación, la divulgación, la planificación, la coordinación, la ejecución y el asesoramiento de la práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre y la promoción de la educación extraescolar de la niñez y la juventud en todos los niveles y estamentos sociales del país, en desarrollo del derecho de todas personas a ejercitar el libre acceso a una formación física y espiritual adecuadas. Así mismo, la implantación y fomento de la educación física para contribuir a la formación integral de la persona en todas sus edades y facilitarle el cumplimiento eficaz de sus obligaciones como miembro de la sociedad” (Congreso de Colombia, 1995).Como el objetivo fundamental es la promoción y masificación en las diferentes partes del país la ley tiene unos “principios fundamentales” que deben ser respetados por los diferentes entes la ley.

En su “Artículo 4°. Derechos sociales. El deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre son elementos fundamentales de la educación y factor básico en la formación integral de la persona. Su fomento, desarrollo y práctica son parte integrante del servicio público educativo y constituyen gasto público social bajo los siguientes principios: Universalidad. Todos los habitantes del territorio nacional tienen derecho a la práctica del deporte y la recreación y al aprovechamiento del tiempo libre. Participación comunitaria. La comunidad tiene derecho a participar en los procesos de concertación control y vigilancia de la gestión estatal en la práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre. Participación ciudadana. Es deber de todos los ciudadanos propender la práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, de manera individual, familiar y comunitaria. Integración funcional. Las entidades públicas o privadas dedicadas al fomento, desarrollo y práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, concurrirán de manera armónica y concertada al cumplimiento de sus fines, mediante la integración de funciones, acciones y recursos, en los términos establecidos en la presente Ley. El Estado garantizará la participación democrática de sus habitantes para organizar la práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, sin discriminación alguna de raza, credo, condición o sexo. La práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, preservará la sana competición, pundonor y respecto a las normas y reglamentos de tales actividades. Los organismos deportivos y los participantes en las distintas prácticas deportivas deben acoger los regímenes disciplinarios que le sean propios, sin perjuicio de las responsabilidades legales pertinentes.” (Congreso de Colombia, 1995).

 “Artículo 15 El deporte en general. Es la específica conducta humana caracterizada por una actitud lúdica y de afán competitivo de comprobación o desafío expresada mediante el ejercicio corporal y mental, dentro de disciplinas y normas preestablecidas orientadas a generar valores morales, cívicos y sociales” (Congreso de Colombia, 1995).

 

La clasificación del deporte según la ley es:

 

“Deporte formativo. Es aquel que tiene como finalidad contribuir al desarrollo integral del individuo. Comprende los procesos de iniciación, fundamentación y perfeccionamiento deportivos. Tiene lugar tanto en los programas del sector educativo formal y no formal, como en los programas desescolarizados de las Escuelas de Formación Deportiva y semejantes. Deporte social comunitario. Es el aprovechamiento del deporte con fines de esparcimiento, recreación y desarrollo físico de la comunidad. Procura integración, descanso y creatividad. Se realiza mediante la acción interinstitucional y la participación comunitaria para el mejoramiento de la calidad de vida. Deporte universitario. Es aquel que complementa la formación de los estudiantes de educación superior. Tiene lugar en los programas académicos y de bienestar universitario de las instituciones educativas definidas por la Ley 30 de 1992. Su regulación se hará en concordancia con las normas que rigen la educación superior. Deporte asociado. Es el desarrollo por un conjunto de entidades de carácter privado organizadas jerárquicamente, con el fin de desarrollar actividades y programas de deporte competitivo de orden municipal, departamental, nacional e internacional que tengan como objeto el alto rendimiento de los deportistas afiliados a ellas. Deporte competitivo. Es el conjunto de certámenes, eventos y torneos, cuyo objetivo primordial es lograr un nivel técnico calificado. Su manejo corresponde a los organismos que conforman la estructura del deporte asociado. Deporte de alto rendimiento. Es la práctica deportiva de organización y nivel superiores. Comprende procesos integrales orientados hacia el perfeccionamiento de las cualidades y condiciones físico-técnicas de deportistas, mediante el aprovechamiento de adelantos tecnológicos y científicos. Deporte aficionado. Es aquel que no admite pago o indemnización alguna a favor de los jugadores o competidores distinto del monto de los gastos efectivos ocasionados durante el ejercicio de la actividad deportiva correspondiente. Deporte profesional. Es el que admite como competidores a personas naturales bajo remuneración, de conformidad con las normas de la respectiva federación internacional.” (Congreso de Colombia, 1995).

Artículo 17  El Deporte Formativo y Comunitario hace parte del Sistema Nacional del Deporte y planifica, en concordancia con el Ministerio de Educación Nacional, la enseñanza y utilización constructiva del tiempo libre y la educación en el ambiente, para el perfeccionamiento personal y el servicio a la comunidad, diseñando actividades en deporte y recreación para niños, jóvenes, adultos y personas de la tercera edad. (Congreso de Colombia, 1995).

Teniendo en cuenta lo anterior, y relacionando las definiciones dadas en la ley y su objetivo primordial que es “el fomento y masificación” aparece la estructura del Sistema Nacional del Deporte que la misma ley 181 lo define en su artículo 46 como: “el conjunto de organismos, articulados entre sí, para permitir el acceso de la comunidad al deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre, la educación extraescolar y la educación física.” (Congreso de Colombia, 1995). Y que tiene como objetivo general artículo 47; “Generar y brindar a la comunidad oportunidades de participación en procesos de iniciación, formación, fomento y práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, como contribución al desarrollo integral del individuo y a la creación de una cultura física para el mejoramiento de la calidad de vida de los colombianos. (…) y específicos artículo 48.

  1. Establecer los mecanismos que permitan el fomento, masificación, desarrollo y práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre mediante la integración funcional de los organismos, procesos, actividades y recursos de este sistema.
  2. Organizar y establecer las modalidades y formas de participación comunitaria en el fomento, desarrollo y práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, que aseguren la vigencia de los principios de participación ciudadana.
  3. Establecer un conjunto normativo armónico que, en desarrollo de la presente Ley, regule el fomento, masificación, desarrollo y práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre y los mecanismos para controlar y vigilar su cumplimiento” (Congreso de Colombia, 1995).

De acuerdo con lo anterior, encontramos una gran relación entre la teoría de Silvia Guzmán haciendo referencia a la definición de sistema deportivo y lo que expone la ley en su artículo 46.  “Que el deporte no es solo una actividad física realizada por seres humanos, sino es la aplicación de diferentes elementos  relacionados que permiten el  desarrollo del deporte en todas sus manifestaciones  y que tiene como propósito generar un efecto o producto deportivo.” (Morales, 2006) Según Silvia Guzmán Morales haciendo referencia al sistema Deportivo Español  en su artículo: “Estructura, organización y planificación nacional del deporte:” define el “Sistema deportivo entendemos el conjunto de todos aquellos elementos relacionados entre sí, según un orden, y que contribuyen al desarrollo del deporte en todas sus manifestaciones. No existe un único sistema deportivo, por lo que podremos realizar, según el criterio utilizado, diversas interpretaciones, principalmente según el ámbito territorial, y según su naturaleza pública o privada” (Morales, 2006) .

Rossi Mori en cambio nos dice que un sistema deportivo es: “Sistema deportivo es el conjunto de todos los practicantes y de todos los servicios deportivos en un territorio determinado. En consecuencia, el fenómeno deportivo puede ser considerado como el "producto" del sistema deportivo. Esto permite su conocimiento y desarrollo de un modo científico actuando sobre todos sus elementos a través de sus relaciones internas y, externamente, mediante las relaciones con los otros sistemas que forman la estructura social." (Morales, 2006).

 

 

Estructura del deporte en Colombia 1983 – 1995

 

La estructura del deporte en Colombia entre 1983- 1995 es de la siguiente manera:

“Artículo 50”. Según el cual hacen parte del Sistema Nacional del Deporte: el Ministerio de Educación Nacional, el Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, los entes departamentales, municipales y distritales, los organismos privados, las entidades mixtas, así como todas aquellas entidades públicas y privadas de otros sectores sociales y económicos en los aspectos que se relacionen directamente con estas actividades.” (Congreso de Colombia, 1995).

 “Artículo 51” según el cual, los niveles jerárquicos del sistema son:

 

 

 

 

Ilustración 2: Estructura del deporte 1983-1995

 

 

 

 

 

Parágrafo. Las demás entidades de carácter público, privado o mixto que hacen parte del Sistema Nacional del Deporte, concurrirán al nivel jerárquico correspondiente a su propia jurisdicción territorial y ámbito de actividades.” (Congreso de Colombia, 1995).

La función de todos los entes tiene es llevar a cabo el plan nacional del deporte, la recreación y la educación física. Según la ley 181 en su “Artículo 52”, el Sistema Nacional del Deporte, en coordinación con diferentes entidades o instituciones deportivas, recreativas, de aprovechamiento del tiempo libre, de educación extraescolar y de educación física, estatales y asociadas, a través del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, elaborará el Plan Nacional del Deporte, la Recreación y la Educación Física, de conformidad con la ley orgánica respectiva y para ser incluido en el Plan Nacional de Desarrollo. El plan sectorial deberá contener:

 

  1. Los propósitos y objetivos de largo plazo y las estrategias y orientaciones generales de la política deportiva y recreativa que sea adoptada por el Gobierno Nacional.
  2. El plan de inversiones con los presupuestos plurianuales de los principales programas y proyectos de inversión pública de los diferentes sectores del sistema y la especificación de los recursos financieros requeridos para su ejecución.” (Congreso de Colombia, 1995).

Normatividad 1996-2016

 

Llego la época moderna del deporte con unos avances y cambios significativos en 3 aspectos como: Legislación, estructura y resultados. En donde los dos primeros han ayudado al crecimiento y reconocimiento deportivo mundial en los últimos Juegos Olímpicos (Londres, 2012, Río, 2016), siendo estas las mejores participaciones de Colombia en las justas Olímpicas no solo por los resultados obtenidos, si no por el número de participantes por disciplina. Lo dice el C.O.C que: “Al cerrarse los periodos clasificatorios en los rankings del atletismo y el golf, Colombia sumó cuatro nuevos cupos para los Juegos Olímpicos Río 2016, para completar 147 atletas clasificados al máximo certamen deportivo.” (Comité Olímpico Colombiano, 2016). La parte normativa en esta época va enfocada más a la reglamentación y aplicación de la ley 181 y a todos los cambios que van surgiendo, debido a los resultados obtenidos en las últimas olimpiadas, adicional al deporte Paralímpico que tiene que ver con la asociación de todos aquellos que practican un deporte y poseen alguna limitación física.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ley/ Decreto

Año

Concepto:

Decreto 407:

1996

Por el cual, se reglamenta el otorgamiento de personería jurídica y el reconocimiento deportivo a los organismos deportivos que integran del Sistema Nacional del Deporte.

Decreto 776:

1996

Por el cual, se dictan normas para el funcionamiento de los clubes deportivos profesionales.

Decreto Reglamentario 1083:

1997

Reglamentó la pensión vitalicia para las glorias del deporte, indicando:

  • Que tienen derecho a la pensión por vejez o invalidez, los deportistas medallistas en campeonatos mundiales oficiales en la máxima categoría o de juegos olímpicos.
  • Los requisitos para acceder a ella.
  • Monto de la pensión cuatro (4) SMMLV.
  • Tiene carácter insustituible.
  • Garantía de pago, a través de Coldeportes.

Sentencia C-317:

1998

Donde la Corte Constitucional declaró inexequible en principio, la expresión “y constituyen gasto público social” contenida en el precitado artículo, al ser demandado el artículo 4º y 75 de la ley 181, por violación a los artículos 350 y siguientes de la Constitución Política, con base en que la citada ley es una ley ordinaria que estaba definiendo el deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, como gasto público social y se estaba dando una destinación específica presupuestal de los recursos provenientes del IVA en el artículo 75.

Ley 582:

2000

Por medio de la cual, se define el deporte asociado de personas con limitaciones físicas, mentales o sensoriales, se reforma la Ley 181 de 1995 y el Decreto 1228 de 1995, y se dictan otras disposiciones.

Decreto 641:

2001

Por el cual, se reglamenta la Ley 582 de 2000 sobre deporte asociado de personas con limitaciones físicas, mentales o sensoriales.

Se crea el COMITÉ PARALÍMPICO COLOMBIANO “Artículo 2.9.3.1. Comité paralímpico colombiano como organismo derecho privado estará integrado por las Federaciones Deportivas Nacionales personas con limitaciones físicas, sensoriales o mentales, que acrediten su afiliación a las respectivas federaciones internacionales. Para constituirse en el comité paralímpico, requiere como mínimo del concurso de dos Federaciones Deportivas Nacionales.” (Coldeportes, 2013).

Decreto 1746:

2003

Mediante el cual se adscribe el Instituto Colombiano del Deporte COLDEPORTES al Ministerio de Cultura.

Ley 812:

2003

Estableció que de ese 4% de IVA, deberá destinarse como mínimo un 3% para atender esos mismos ítems y los planes de fomento y desarrollo del deporte, la recreación y programas culturales y artísticos de personas con discapacidad.

Decreto 3093:

2003

Se reglamenta el parágrafo 2º del artículo 468-3 del estatuto tributario, estableciendo que en la misma proporción ya anotada se destinarán los recursos del IVA de telefonía móvil y para los fines señalados, indicando, que ese 75% será apropiado a Coldeportes y el 25% al Ministerio de Cultura, quien girará a los Entes Territoriales y que de esos montos se destinará mínimo el 3% para las actividades de los discapacitados.

Ley 1270:

2009

Por la cual, se crea la Comisión Nacional para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol y se dictan otras disposiciones.

Decreto 1267:

2009

El Estatuto del Aficionado al Fútbol en Colombia tiene como finalidad promover la convivencia en el Fútbol profesional, así como la protección de los derechos de los aficionados y el cumplimiento de sus deberes.

Ley 1445:

2011

Por el cual se modifica la ley 181 de 1995 y se dictan otras disposiciones respecto a clubes profesionales.

Decreto 0079:

2012

Que el artículo 13 de la Ley 1445 de 2011, "por medio de la cual se modifica la Ley 181 de 1995, las disposiciones que resulten contrarias y se dictan otras disposiciones en relación con el deporte profesional", faculta al Instituto Colombiano del Deporte (Coldeportes), para reglamentar la fijación de los procedimientos, la graduación de las sanciones y determinar el mecanismo mediante el cual los infractores sancionados podrán recurrir las mismas.

Tabla 5: Parte Normativa legislación deportiva en Colombia 1996 -2016.

 

 

 

Internacionalmente la: “Declaración del Milenio del 2000 (Organización Naciones Unidas) ratificó el reconocimiento de la recreación y el deporte como derechos sociales, igualmente define a la recreación y el derecho al descanso, como derechos humanos de tercera generación.” (Ortiz, 2009). Los entes Coldeportes y el Comité Olímpico Colombiano son quienes, desde lo más alto de la estructura del sistema nacional, vigilan y coordinan cada una de las actividades a desarrollar dentro del plan. El último Plan Nacional corresponde al periodo de 2009-2019 y tiene como propósito: “Posicionar al deporte como un verdadero medio para el fortalecimiento de la salud de los colombianos, a través de la práctica regular de los ejercicios físicos es el principal objetivo del plan nacional del deporte. Las discusiones sobre el concepto del deporte, referidas solo a la preparación atlética y a la actividad competitiva, son asunto del pasado. El deporte es un factor de comunicación social, embajador de la paz y elemento indispensable para el acercamiento y el entendimiento entre las personas” (Gobierno de Colombia, 2009).

Teniendo en cuenta esto, el Comité Olímpico Colombiano tiene como misión: “Promover el Olimpismo por todo el mundo y dirigir el Movimiento Olímpico, armonizada con lo contemplado en la Ley 181 en su artículo 72 frente a la naturaleza y competencia del COC, en Colombia se define la siguiente misión” (Comité Olímpico Colombiano, 2017).

 

 

 

 

 

 

DISCUSIÓN

 

Todo empieza internacionalmente con la Carta Olímpica, máximo referente mundial del deporte en el que los principios fundamentales del Olimpismo marcan un camino desde la filosofía, objetivos, acciones, derechos y deberes (Comité Olímpico Internacional, 2011). Teniendo en cuenta estos principios de la Carta Olímpica, aparecen referentes internacionales y locales que apoyan uno de estos es la carta de la UNESCO 1978, donde tiene un compromiso concreto de acuerdo con: “La educación física y el deporte constituyen un elemento esencial de la educación permanente dentro del sistema global de educación” (UNESCO, 2013). En ese sentido, abordamos el primer registro normativo nacional del deporte, el cual manifiesta que la educación es un derecho fundamental y que el deporte contribuya en este proceso es un tema fundamental para que el Gobierno Nacional.  El estado lo manifiesta en un artículo de la Constitución Política de 1886 donde: “El Estado tendrá, sin embargo, la suprema inspección y vigilancia de los institutos docentes, públicos y privados, en orden a procurar el cumplimiento de los fines sociales de la cultura y la mejor formación intelectual, moral y física de los educandos.” (Congreso de la República, 1936).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Es importante destacar que, en el gobierno de Carlos Lleras Restrepo se creó el Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte (COLDEPORTES) mediante decreto 2743 del 8 de noviembre de 1968, como establecimiento público de orden nacional, adscrito al Ministerio de Educación Nacional. Es el máximo organismo planificador, rector y coordinador del sistema nacional del deporte y director del deporte formativo y comunitario.

Como consecuencia de la revisión y resultado de los artículos funcionales, se destaca un pasaje importante (normatividad entre los años 1983 y 1995), época importante en el deporte colombiano debido a que se manifestó el deporte con la Carta Magna Constitución Política 1991, libro en el cual están los derechos y deberes fundamentales de los colombianos.

Según esta “Acto Legislativo 02 de 2000, artículo 1: El artículo 52 de la Constitución Política de Colombia, quedará así: El ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tienen como función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano. El deporte y la recreación forman parte de la educación y constituyen gasto público social. Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre. El Estado fomentará estas actividades e inspeccionará, vigilará y controlará las organizaciones deportivas y recreativas cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas.” (Corte Constitucional, 2015). Además, es importante mencionar que, en este lapso (1983- 1995), motivada por las anteriores leyes y decretos, el congreso de la República promueve la ley 181 de 1995 más conocida como le ley del deporte, donde se busca fortalecer no solo los anteriores decretos, si no los derechos manifestados en la Constitución Política Colombiana. A partir de este momento: “Se dictan disposiciones para el fomento del Deporte, la Recreación, el Aprovechamiento del Tiempo Libre y la Educación Física y se crea El Sistema Nacional del Deporte” (Coldeportes, 2013).  

Al culminar aquel ciclo, llegó la época moderna del deporte con unos avances y cambios significativos en 3 aspectos como: Legislación, estructura y resultados. En donde los dos primeros han ayudado al crecimiento y reconocimiento deportivo mundial en los últimos Juegos Olímpicos (Londres, 2012, Río, 2016), siendo estas las mejores participaciones de Colombia en las justas Olímpicas no solo por los resultados obtenidos, si no por el número de participantes por disciplina. Lo dice el C.O.C que: “Al cerrarse los periodos clasificatorios en los rankings del atletismo y el golf, Colombia sumó cuatro nuevos cupos para los Juegos Olímpicos Río 2016, para completar 147 atletas clasificados al máximo certamen deportivo.” (Comité Olímpico Colombiano, 2016). La parte normativa en esta época va enfocada más a la reglamentación y aplicación de la ley 181 y a todos los cambios que van surgiendo, debido a los resultados obtenidos en las últimas olimpiadas, adicional al deporte Paralímpico que tiene que ver con la asociación de todos aquellos que practican un deporte y poseen alguna limitación física.

No obstante, en el plan estratégico 2013- 2016 por el Comité Olímpico Colombiano, encontramos una serie de objetivos a trabajar durante este periodo, donde las Federaciones Nacionales que hacen parte del ciclo Olímpico, deben acogerse al cumplimiento de dicho plan, buscando así, el progreso del deporte en Colombia. Entre los objetivos planteados se encuentran: “Fortalecer el desarrollo organizacional del deporte asociado permitiendo la mejor articulación con el Sistema Nacional del Deporte” (Medina, 2013), en este punto los índices de gobernanza y gobernabilidad de la Federación son muy importantes,  debido a que uno de los índices es la dimensión de solidaridad con los actores principales desde ligas, clubes, y todos aquellos, que hacen parte del Sistema Nacional del Deporte.

Se considera que en este punto es importante la articulación de Coldeportes como entidad nacional, al deporte federado porque el gran % de gobernanza y gobernabilidad se ve reflejado por falta de apoyo del Gobierno a las federaciones nacionales en este caso, a la de atletismo y eso se reflejada en su proyección y funcionamiento en los diferentes ciclos.

Otro de los objetivos estratégicos planteados por C.O.C es: “Potencializar la comercialización y el mercadeo deportivo para el deporte asociado” (Medina, 2013).  En este punto la Federación de Atletismo presenta inconvenientes debido a que uno de los mecanismos de comercialización y mercadeo se da por medio de la difusión de su deporte y uno de sus medios principales debe ser, a través de su página web, porque no solo debe servir como medio de información, sino de difusión de los diferentes y principales eventos que ayudan a la masificación y comercialización del deporte.

Por último “incentivar la responsabilidad y crecimiento social en aspectos relacionados con el deporte para todos, la conservación del medio ambiente, el fomento de valores y el desarrollo de la juventud.” (Medina, 2013). Nos da entender que no solo el C.O.C; sino cada una de las Federaciones deben propender por cumplir este objetivo.

La Federación Colombiana de Atletismo tiene un índice fuerte en la dimensión de solidaridad, que no debe descuidar, sí quiere tener una mayor masificación en su deporte y un futuro que le permita no solo el crecimiento de esta, si no de cada uno de los principales integrantes y componentes. Así mismo, debe buscar fortalecer la dimensión de transparencia y comunicación pública, porque mucha de la información queda para entre los mismos dirigentes, limitando el crecimiento y la masificación del deporte.

 

 

CONCLUSIONES

 

  1. Es evidente el crecimiento y desarrollo en cuanto a la organización del deporte a nivel nacional.
  2. La creación de la ley 181, supone un punto de quiebre para la normatividad, legislación y evolución del deporte colombiano.
  3. La dimensión de procesos democráticos resultó siendo una fortaleza. Esto debido, a las características del diseño institucional colombiano y su normativa Nacional, una federación está constituida por ligas afiliadas que tienen en su estructura jerárquica descendente clubes y deportistas, a su vez  la Federación Colombiana de Atletismo es un entidad “privada sin ánimo de lucro que cumple con funciones de interés público y social” Adicional a lo anteriormente mencionado se encuentra en sus estatutos todos los parámetros de ley, establecidos por Coldeportes que es garante de su cumplimiento.

 

 

      La estructura de la Federación Colombiana de Atletismo es la siguiente:

  1. El modelo Principal – Agente, permite determinar la cadena de delegación de responsabilidades buscando el crecimiento del deporte y sus conexiones, su cadena ascendente es la siguiente:
  1. El no publicar todas sus actuaciones y decisiones en la página web, especialmente las referentes a actas y movimientos financieros hace que la dimensión de Transparencia y Comunicación sea la más débil y genere inconformismo en sus afiliados.
  2. El índice de gobernanza para la federación Colombiana de Atletismo es 42 % con 3 dimensiones teniendo como parámetro de medición el instrumento internacional de Play The Game ajustado a nuestra estructura deportiva con 34 indicadores lo cual nos refleja deficiencias importantes en algunos indicadores que hacen que el porcentaje este lejos de la Federación internacional IAFF con 52 %.
  3. El diseño institucional de la Federación Colombiana de Atletismo es de carácter mixto que incorpora el deporte asociado (ligas y clubes) y el deporte estatal (entes nacionales, departamentales, distritales y municipales).  Este diseño institucional se define como sistema nacional del deporte, que se financia con recursos del sector público y el sector privado y hace posible el desarrollo del deporte en la mayoría de los municipios del país.

 

 

 

 

 

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